sábado, 30 de abril de 2011

APRENDAMOS NUESTROS DERECHOS


Jacqueline Vilela Aucca


Expresemos nuestros conocimientos previos.

¿ Qué emociones y pensamientos te causa este video?
¿Qué derechos son vulnerados en nuestros niños, niñas y adolescentes?
¿Qué pueden hacer las escuelas para ser promotores, defensores y vigilantes del cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes?
¿Qué es el DESNA?


DIRECTIVA Nº 002-2006-VMGP/DITOE

1. DESNA
Es un servicio que al constituirse al interior de la Institución Educativa, tiene por finalidad promover, defender y vigilar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y colaborar en la solución de conflictos de carácter familiar y escolar. Es gratuito y voluntario y su funcionamiento en las Instituciones Educativas exige el cumplimiento de requisitos básicos señalados en la presente Directiva.
2. CONSTITUCIÓN AL INTERIOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
El Director, como máxima autoridad y atendiendo a los criterios de necesidad institucional y sostenibilidad del servicio, podrá promover la constitución de la DESNA al interior de la Institución Educativa y su inserción en el PEI. Asimismo expedirá una Resolución Directoral y garantizará la conformación de los integrantes y otros aspectos señalados por la presente directiva.
3. FUNCIONES
Las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente, tienen las siguientes funciones:
a. Defender y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
b. Promover acciones de difusión de los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes.
c. Fortalecer la práctica de la convivencia y disciplina escolar democrática.
d. Conocer la situación social de los estudiantes con mayor vulnerabilidad de deserción escolar.
e. Denunciar ante las autoridades correspondientes al conocer casos de niños, niñas y adolescentes que son víctimas de maltrato físico o psicológico, acoso, abuso y violencia sexual.
4. INTEGRANTES DE LA DESNA
Las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente, están integradas por los siguientes miembros:
EL RESPONSABLE
Es designado por el Director entre los docentes que ejercieron la labor tutorial o el cargo de Defensor satisfactoriamente. El cargo tiene una vigencia de dos años. Cumple las siguientes funciones:
  • Planificar, dirigir y supervisar la labor del equipo de la DESNA
  • Coordinar con el Director la autorización de la instalación de la DESNA, ante las UGEL, y solicitar su registro ante el MIMDES.
  • Elaborar el Plan de Trabajo de la DESNAS y proponer su incorporación al Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa.
  • Coordinar con el Director la participación de los integrantes de las DESNAS, en las acciones de capacitación, afines a su labor, promovidas por el MIMDES u otras instituciones dentro de la normatividad vigente del sector.
  • Informar, en el día, al Director de la Institución Educativa los casos que son reportados por los Defensores sobre maltrato físico, psicológico, acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los estudiantes.
  • LOS DEFENSORES
  • Son docentes o personal auxiliar de la Institución Educativa, elegidos democráticamente por los estudiantes por un periodo de dos años Según la densidad estudiantil, deben elegirse, por nivel y turno, de uno a tres Defensores. Tienen las siguientes funciones:
  • Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la DESNA.
  • Promover y desarrollar actividades de difusión y promoción de los derechos del Niño y del Adolescente.
  • Propiciar la resolución pacífica y armónica de conflictos cuando se afectan los derechos de los estudiantes, dentro del marco del reglamento de la Institución Educativa y siempre que los hechos no constituyan faltas o delitos señalados en el Código Penal vigente.
  • Informar inmediatamente al responsable de la DESNA, o en ausencia de este, al Director de la Institución Educativa los casos de maltrato físico, psicológico, acoso y violencia sexual en agravio de los estudiantes para que se establezca la denuncia ante las autoridades correspondientes.
  • LOS PROMOTORES DEFENSORES
  • Son los estudiantes elegidos por grado. En las II.EE. donde funcionan los Municipios Escolares, los Regidores de Derechos del Niño asumen el cargo de Promotores Defensores. El cargo tiene una vigencia de un año. Sus funciones son:
  • Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la DESNA.
  • Promover y apoyar las actividades y campañas de la DESNA.
  • Comunicar a los Defensores, situaciones en la cuales se ven afectados los derechos de los estudiantes tanto al interior de la Institución Educativa como al exterior.



FORMACIÓN CIUDADANA EN GUATEMALA

A continuación presento una interesante propuesta de participación ciudadana y empoderamiento juvenil ejecutado en Guatemala.
Ahora que estamos en plena coyuntura electoral es importante explicar a nuestros niños, niñas y adolescentes en que consiste el VOTO y como debe emitirse toda vez que uno ha tomado la decisión después de haber analizado el plan de gobierno de los candidatos.





¿QUÉ SON LAS DEFENSORIAS DEL NIÑO Y ADOLESCENTE?


Jacqueline Vilela Aucca

Los derechos generales y específicos que han sido reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, han permitido el desarrollo de diversas líneas de acción en torno a los derechos que les asiste a niñas, niños y adolescentes, como por ejemplo el derecho a la familia, a la protección, a ser escuchado, entre otros.

Cabe resaltar que en esta gama de posibilidades, las acciones de promoción y defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia son de esencial importancia, debido a que inciden en la valoración del ser humano y el bienestar familiar. En tal sentido, las Defensorías del Niño y el Adolescente (DNA) contribuyen al gran objetivo de sensibilizar y comprometer a la comunidad, influyendo en la construcción de una cultura de Respeto y Buen Trato de nuestra niñez y adolescencia.

El servicio de Defensorías del Niño y el Adolescente, se crea en 1992, al promulgarse el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 26102). Este Código promovía la participación conjunta de la Sociedad Civil y el Estado para el logro de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país; proponiendo a las DNA’s como un espacio en el que esto se haga realidad.

El Nuevo Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337), ratifica la necesidad de contar con este tipo de servicio. De igual modo, ambos Códigos, señalan que las Defensorías son parte del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente (conjunto de instituciones que formulan, ejecutan y evalúan las acciones desarrolladas para la protección y promoción de los derechos de la niñez y la adolescencia).

A partir de 1996, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, se convierte en el Ente Rector de este Sistema, teniendo entre sus objetivos el velar por el respeto y el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Desde aquella fecha, el PROMUDEH, hoy MIMDES, a través de la actual Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, y en específico de la Oficina de Defensorías, es la autoridad central del servicio de Defensorías a nivel nacional, situación claramente definida en el actual Código de los Niños y Adolescentes.

La Defensoría del Niño y el Adolescente, es un servicio del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, que funciona en los gobiernos locales, en las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil. Su finalidad es Promover, Defender y Vigilar los derechos que la legislación reconoce a las niñas, niños y adolescentes.


¿Qué formas de maltrato identifican en los niños, niñas y adolescentes de sus Instituciones Educativas?

Por: Jacqueline Vilela Aucca

Inmersos en un planeta mas comunicado por los avances tecnológicos , el "ser humano" ha demostrado ser capaz de transformar nuestro hábitat, satisfaciendo incluso hasta necesidades insignificantes. Sin embargo ha ido perdiendo conciencia y esencia como HUMANO y lo que ello implica como, el respeto a nuestro medio y el respeto a nuestros niños, niñas y adolescentes, quienes son el PRESENTE, son ciudadanos potenciales que ejercitan sus derechos y cumplen con sus deberes.
En este sentido pongo en conocimiento cuáles son los principales problemas y/o desviaciones del Estado de Derecho que se observan en las instituciones educativas y comunidad.

Es importante que reflexionemos y promovamos su reflexión con los padres de familia.

Maltrato

físico

Cuando un adulto provoca daño físico o enfermedad en el niño o adolescente.

Abandono

Cuando las necesidades básicas del menor (alimentación, higiene, seguridad, atención médica, vestido, educación, esparcimiento) no son atendidas adecuadamente por ningún adulto del grupo que convive con él.

Abandono emocional

Cuando el niño no recibe el afecto, la estimulación, el apoyo y la protección necesarios para cada estadio de su evolución y que inhibe su desarrollo óptimo.

Abuso sexual

Búsqueda y obtención de placer sexual con un niño o joven, por parte de un adulto. No es necesario que exista contacto físico (en forma de penetración o tocamientos) para considerar que existe abuso. Se estipula como abuso, también cuando se utiliza al niño como objeto de estimulación sexual.

Maltrato emocional

Cuando los padres, madres o cuidadores insultan, rechazan, amenazan, humillan, desprecian provocando el aislamiento y deterioro emocional, social y/o intelectual del niño. Asimismo, algunas conductas sobreprotectoras que dificultan o impiden que los niños sean estimulados de acuerdo a sus capacidades o les imposibiliten atender las necesidades propias de su desarrollo.

Acoso escolar o BULLYING

Cuando un niño o adolescente agrede físicamente o psicológicamente a otro compañero de manera reiterada provocando miedo, temor, depresión en la víctima. Ello puede traer como consecuencia el suicidio u homicidio.

Pandillaje en la escuela

Cuando los estudiantes involucrados en pandillas de barrio presionan a sus compañeros para que integren su grupo y participen consumiendo drogas, alcohol , etc.


ADULTOS QUE ATENTEN CONTRA SALUD EMOCIONAL DE NIÑOS DEBEN SER DENUNCIADOS ANTE LA FISCALÍA

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Los insultos y las humillaciones a los escolares por parte de adultos, la venta de licor a los menores o el permitir que estos ingresen a páginas de Internet que no son aptas para su edad, entre otros, son delitos de contravención que atentan contra la salud psicológica del niño o del adolescente, por lo que pueden ser denunciados ante la Fiscalía de turno.

Así lo sostuvo la psicóloga del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, María Caridad Lamas, quien en el programa televisivo "Los Fiscales", anotó que el menor puede presentar una serie de psicopatologías cuando un adulto vulnera su integridad.

Anotó, por ejemplo, que en el caso del acceso a páginas web de contenido pornográfico, se está alterando la conducta psicosexual del menor.

En cuanto a las agresiones verbales o físicas, Lamas afirmó que producen efectos graves en la personalidad de un menor, que está en la etapa de formación de su personalidad, por lo que es necesario poner freno a esa situación.

Por su parte, la fiscal adjunta provincial de Familia, Elizabeth Polo Bueno, sostuvo que la gente suele confundirse y presentar denuncias ante la Fiscalía de Familia como actos de contravención, indicando que se trata de violencia familiar, cuando las contravenciones son las acciones u omisiones que afectan al ejercicio efectivo de los derechos de los niños, cometidas por personas adultas que no son sus parientes.